viernes, 1 de octubre de 2010

DESPENALIZACION DEL CONSUMO DE MARIHUANA, programa Nº 27 del 1 de octubre de 2010

Algunos datos importantes sobre el cannabis:

La humanidad viene usando la marihuana desde hace 6000 años, para relajar tensiones y por sus virtudes medicinales. No se conoce ningún caso en la historia médica de muerte atribuida al cannabis, mientras que sólo en nuestro país mueren cada año unas 50.000 personas debido al tabaco y 30.000 personas debido al alcohol; drogas legales ambas.

Está demostrada la utilidad de la marihuana, ingerida o fumada, para aliviar determinadas dolencias: nauseas asociadas a la quimioterapia, dolores por esclerosis múltiple, glaucoma, etc.

El cannabis no provoca dependencia física no presentando sus usuarios, al interrumpir su uso, ningún tipo de síndrome abstinencial aun cuando se haya consumido habitualmente.

La marihuana se clasifica entre las sustancias con menor potencial de crear dependencia, por debajo incluso que la cafeína.

Los grandes informes encargados por los gobiernos de Inglaterra, EE.UU., Canadá, etc., han constatado sus mínimos riesgos, lo peligroso y contraproducente que resulta criminalizar a los usuarios y han recomendado despenalizar o legalizar su uso.

Sistemáticamente, sus resultados han sido desestimados por los gobiernos que los encargaron.

Un buen punto de partida podría ser algo parecido a esto.

La prohibición del cannabis
es ineficaz, pues no consigue sus propósitos de detener el consumo.
es dañina, pues añade problemas a los que pretendía resolver y criminaliza a los usuarios.
es absurda: sólo un experimento social fracasado que perdura por inercia histórica, sin que pueda sostenerse desde ninguna base científica.

Algunas ideas básicas:

Los males de la prohibición.

Tiene que quedar claro, no sólo que la prohibición es injusta e inefectiva, sino que, además, tiene enormes costes y genera enormes problemas. La siguiente es una pequeña lista de ellos:

Adulteraciones. La legalización permitiría conocer exactamente qué se consume, de qué calidad es, y evitar los adulterantes que contiene el hachís procedente del mercado negro. Este es un ejemplo de como la prohibición atenta contra la salud pública que dice defender.

Dificultad de acceso de los enfermos La prohibición provoca que Un producto usado en medicina desde hace miles de años, y de reconocida utilidad para enfermos de cáncer, SIDA o esclerosis múltiple, quede restringido al mercado negro con los riesgos que eso conlleva.

Mezcla de mercados Al unificarse en un mismo mercado negro todo tipo de tráfico de drogas, se propicia el paso del consumo de marihuana a sustancias de más riesgo. Se cumple así la teoría de la escalada que se pretendía evitar.

Narcotráfico. La legalización, única manera de acabar con él, quitaría dinero y poder de las manos de las mafias y del crimen organizado que ahora explotan el negocio de las drogas justamente porque es ilegal.

Corrupción de los estados. Los enormes intereses económicos generados por la situación de ilegalidad, corrompen e implican con facilidad a los mismos aparatos estatales que deberían, teóricamente, luchar contra el narcotráfico.

Atentados contra los derechos civiles. Registros y detenciones sin autorización; intromisión en los domicilios privados; conculcación de los derechos individuales.

Los riesgos: pongamos las cosas en su sitio

No hay que defender que el uso de cannabis esté libre de riesgos. Esta línea de argumentación es fácilmente atacable. De lo que se trata es de exponer que no hay actividad humana libre de riesgos y mostrar cómo los asociados al cannabis son muy inferiores a cualquiera de los que la sociedad asume normalmente como perfectamente aceptables. En particular, los riesgos asociados al cannabis son ridículos comparados con los del alcohol o el tabaco.

Fuente: http://humaredas.blogspot.com/2006/06/legalizacin-del-cannabis-manual-de.html

Tres proyectos para modificar la ley 23.737 y despenalizar la tenencia de drogas para consumo personal esperan tratamiento en la Cámara de Diputados: uno de Fabián Peralta, del GEN, titular de la comisión de prevención de adicciones; otro de la oficialista Diana Conti; y el tercero del radicales Ricardo Alfonsín y Ricardo Gil Lavedra. El socialismo y la centroizquierda liderada por Fernando “Pino” Solanas también preparan iniciativas en la misma dirección.

Fuente: http://www.clarin.com/sociedad/Denuncian-siguen-deteniendo-perejiles-tenencia_0_334166726.html
El sistema legal argentino tiene forma de pirámide. Esto quiere decir que hay un orden descendiente en el que se atienden las leyes: La Constitución Nacional y Tratados Internacionales con jerarquía constitucional, los restantes Tratados Internacionales, las restantes Leyes (donde entran Códigos y otras leyes), Decretos del Poder Ejecutivo, Sentencias Judiciales, etc.
Por lo tanto, una sentencia judicial, aún una pronunciada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, está por debajo de leyes y de la misma Constitución Nacional. Sin embargo, el pronunciamiento de la Corte muchas veces falla de una manera contraria o diferente a la que se venía haciendo con ese tipo de casos, y “aconseja” a los demás organismos legales a hacer lo mismo. Es decir, un fallo de la Corte Suprema no cambia una ley, sino que les dice a los demás cuerpos legales: “nosotros, el máximo tribunal legal del país, cambiamos de parecer respecto a ciertas cosas”.
Y esto fue lo que pasó. No se despenalizó la tenencia de marihuana para consumo personal sino que la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobreseyó a cinco chicos rosarinos por tener tres porros en el bolsillo a la salida de la casa del dealer y condenó al vendedor. Generando así una nueva jurisprudencia que llama a los demás órganos legales a actuar de la misma forma que lo hizo la Corte. Pero no se retocó la ley.
El paso que sigue sería enviar un proyecto para reformar la Ley 23.737, o Ley de Estupefacientes, para definitivamente establecer una normativa común para todos los casos de aquí en adelante, basándose en una ley escrita que así lo indique.
Y entonces, ¿esto qué cambia? Esto puede cambiar la forma en que algunos jueces actúen sobre estos casos. Sin embargo, la policía no actúa como los jueces. La Ley 23.737 sigue vigente, y por lo tanto la detención y requisa de la policía en la vía pública sigue estando vigente. Probablemente para cuando el caso llegue a un fiscal lo desestime y libere al “acusado” automáticamente. Pero para ese entonces habrán pasado unas cuantas horas y el mal trago del paso por la comisaría, con todo lo que eso implica.
Fuente: http://alrededoresweb.com.ar/notas/despenalizacion.htm

Publicaciones técnicas del FONDO DE AYUDA TOXICOLOGICA. Lic. Alberto Calíbrese es el Asesor Institucional de FAT

En España se perfila el cultivo de canabis esencialmente con una actividad instrumental que sólo alcanza relevancia jurídico penal en la medida en que el proceso de su puesta en marcha persiga como finalidad la obtención de droga con ánimo de traficar, en el amplio sentido de la palabra, quedando excluidos por su irrelevancia el cultivo de la planta de la marihuana destinado al autoconsumo, o a cualquiera de las modalidades de utilización exentas de punición. El uso terapéutico está regulado mediante receta hospitalaria.
En Chile es legal el consumo personal, ilegal producción y comercialización (ilegal el tráfico)
En Costa Rica es ilegal, pero el uso es ampliamente tolerado por las autoridades, siempre y tanto no se realice en lugares públicos, y en tanto la cantidad poseída no represente posibilidad de distribución y venta.[4] Y es que según datos del mismo ICD (Instituto Costarricense sobre Drogas): “[La Marihuana] Es la droga ilícita de mayor consumo, es de fácil acceso además que es de producción local. La prevalencia de vida del consumo ha venido aumentando desde 1995. La prevalencia en hombres desde 1995 se ha incrementado, en las mujeres en el periodo 1995 a 2001 se incrementó casi tres veces y se duplicó del 2001 al 2006. En los últimos 15 años se ha reportado una edad de inicio 17,6 años reflejando una leve disminución.” Según un informe presentado por Grace Padilla en el 2006*.

Fuente: http://es.wikipedia.org/wiki/Legalidad_del_cannabis

Artículo de un blog chileno del año 2008, tras la recategorización

La penalización del auto cultivo y la reciente recategorización penal de la marihuana como droga dura (equivalente en la ley a drogas como la heroína y la cocaína), son políticas contrarias al objetivo final de seguridad ciudadana, y resultan ser ineficaces a la hora de atacar la raíz del problema: el narcotráfico y sus derivados (tráfico ilegal de armas, terrorismo, delincuencia y pobreza dura).

Por su parte, nivelar penalmente a la marihuana con otras drogas como la heroína y la cocaína, provocará efectos contrarios a los esperados por las autoridades. La demanda por marihuana en Chile se ha comportado a lo largo de los años de manera más bien inelástica, por lo que podemos concluir que el 5,6% de los chilenos entre 16 y 64 años que actualmente consumen marihuana en Chile no dejará de hacerlo por la reciente modificación de esta ley. En sentido contrario, se ha expuesto a la sociedad chilena a consumir drogas más duras que la marihuana como las señaladas con anterioridad pues los costos civiles de consumo ahora son los mismos entre la marihuana y la cocaína y heroína. El mito de que la marihuana te conduce a drogas más fuertes ( efecto escalada) puede tomar fuerza con esta medida, que al igual que la de la penalización del auto cultivo, va en contra de los objetivos de seguridad nacional.

Fuente: http://clandestino.bligoo.com/content/view/199154/MARIHUANA-NARCOTRAFICO-Y-POLITICAS-PUBLICAS.html


Fundamentos del proyecto de ley de modificación de la ley 23737, presentado en la cámara de diputador por iniciativa de la diputada Diana Conti por el Frente para la Victoria, en 2008
La inconstitucionalidad de la penalización
Sostenemos que la penalización de la tenencia de estupefacientes para consumo personal viola expresamente el artículo 19 de la Constitución Nacional, donde dice: "Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados", es decir, lo que se conoce en el campo del derecho constitucional como "principio de reserva".
La penalización de la tenencia de drogas para propio consumo no la ha erradicado, ni siquiera disminuido. Los recursos humanos y presupuestarios del sistema penal todo dedicados a esta materia y, por tanto, restados a otras, no han resultado eficaces. Tampoco útiles para disminuir el comercio y tráfico de estupefacientes, cuestión que sí debe interesarnos.
La justicia penal debe concentrarse en su misión y no abordar otras cuestiones que son ajenas a su misión principal y encontrarán una respuesta eficaz en otras áreas del Estado. Los recursos materiales y humanos del Poder Judicial, de por sí ya bastante escasos, no deben desperdiciarse en perseguir a las víctimas de la droga, sino que deben estar dirigidos en cuanto a esta problemática en poner tras las rejas a las mafias que manejan el tráfico, el lavado de dinero y otros negocios ilícitos derivados o conexos.
Sirva de ejemplo a nuestros fundamentos el siguiente dato, extraído de un informe del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias penales y sociales: "En cuanto al tipo de delitos perseguidos, el fuero federal con asiento en la ciudad de Buenos Aires, persigue mayoritariamente los vinculados con infracciones a la ley 23.737 de estupefacientes (56% del total de los casos). Durante el período 2002-2003, del total de casos ingresados en este ámbito, se elevaron a juicio el 1,37% de los casos y se obtuvo una condena en el 0,52% de los casos. En ningún caso se trató de condena en materia de organización o financiamiento de tráfico, ni tampoco de casos de almacenamiento de estupefacientes".
El flagelo de la drogadicción es un problema de suma gravedad, que debe ser atendido por el Estado. Pero debe separarse el ámbito de las políticas de salud del ámbito del derecho penal. La justicia debe perseguir a los narcotraficantes y el Ministerio de Salud y otras áreas del Estado vinculadas con las políticas sanitarias, educativas y sociales, prevenir la drogodependencia y ayudar a los adictos a superar su enfermedad.
Por lo expuesto pido a mis pares la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Fuente: http://www.asociacionantidroga.org.ar/gacetillas/Reformadespenalizadora.htm
La lógica del coffee-shop. HOLANDA
Desde un principio, las reglas para obtener licencia fueron bien claras: prohibido hacer publicidad más allá del cartel de la entrada, prohibido vender a menores de 16 años, prohibido vender drogas duras, prohibido provocar "molestias" en el entorno (basura, ruidos, congestión de tránsito, etc.) y prohibido vender más de 30 grs. por persona por día. Y como cualquier otro negocio, pagar impuestos.

Durante los ochenta crecieron en número y no se vieron acosados más que con esporádicas acciones policiales y amenazas ministeriales. Hacia 1995 se inicia un período de mayor presión sobre los coffee-shops: ante la crítica "europea" se elige por continuar el modelo vistos los incontestables resultados positivos, aumentando reglas y controles para su funcionamiento, y bregando por una futura legalización a escala mundial.

Un primer cambio importante fue la descentralización del control. Desde 1996 son las municipalidades las que, en consenso con el ministerio público y la policía local, definen criterios y ejercen controles para abrir y cerrar coffee-shops. En muchas ciudades, por ejemplo, se bajó el número de establecimientos de la noche a la mañana.

El ministerio público definió nuevos criterios generales, que se agregaron a los ya existentes:
a) prohibición de vender alcohol. Ante esto, algunos coffee-shops optaron por transformarse en bares comunes.

b) aumento de la edad límite, tanto para comprar como para estar en un coffee-shop, de 16 a 18 años.
Dirigida supuestamente a ahuyentar escolares, esta restricción fue muy criticada por su efecto opuesto: en la calle quedan a merced de traficantes ligados al circuito criminal.

c) disminución de la cantidad máxima para vender, que pasó de 30 grs. a 5 grs. por cliente por día. Esto no representa cambio alguno, pues dicha cantidad supera ampliamente lo que un consumidor habitual compra diariamente.

d) un coffee-shop no puede tener más de medio kilo de stock diario. Otra medida simbólica, pues no hay forma de controlar lo que el vendedor guarda en otros sitios, que simplemente aumenta la frecuencia de viajes entre la caleta y el local.
Fuente: http://www.noticias.nl/prensa/noticias/25Damian.html
VIII Conferencia Nacional sobre Políticas de Drogas, donde expondrá el jefe de gabinete Aníbal Fernández.
El evento comenzará el lunes próximo a las 17en el edificio Anexo del Congreso ubicado y está auspiciado por la Organización Mundial de la Salud y organizado por la asociación civil Intercambios.
En la actualidad, se encuentran en el Congreso varios proyectos para reformar la ley 23.737 de Estupefacientes que penaliza al usuario de drogas y tienen media sanción los proyectos de ley de Salud Mental y de creación del Programa Nacional de Asistencia Pública Integral de las Adicciones, ambos pendientes de tratamiento en el Senado.
Fuente: http://www.elargentino.com/nota-108640-Fernandez-expondra-sobre-drogas-en-el-Congreso.html
Extracto Lic. Alberto Calíbrese. “Una visión actual de los modelos preventivos”
Publicado por FAT (Fondo de Ayuda Toxicológica)

Hay además un problema que tiene que ver con lo cultural, éste también es un problema que generalmente se soslaya en referencia específica al tema de la droga,. “La cultura significa y resignifica los objetos”, es decir, les otorga un lugar. En una sociedad de caballeros, el caballo es un objeto valorado. En una sociedad en la cual la gente se moviliza a pie todo el día, el caballo no significa nada. Con “la droga” pasa exactamente lo mismo: ella protagoniza en la medida en que determinada cultura le otorga valores a esa droga y le confiere posibilidades de causar “el mal”. En la medida en que se hace una demonización de la cultura, la droga aparece como protagonista de esa demonización. El diablo de la cultura actual es la droga.

Respecto también a la demonización de la cultura hay otro tema que está relacionado: es el que estriba en identificar quiénes son los demonios, o sea, quiénes están demonizados por el objeto malo. Tal como están dadas las cosas, demonizado está quien lo consume. Obsérvese, y esto también tiene que ver con las posturas clásicas, que es mucho más difícil ver un demonio en el traficante, quizá como no se lo conoce no se puede hablar tan mal de él porque no se lo logra objetivar,; en cambio, es mucho más fácil objetivar en un pobre infeliz que se droga y referirse a él como a un demonio. Además, como opera también la cuestión del prejuicio y la marginación, es muy probable escuchar a un padre preocupado por lo que pensarán sus vecinos respecto de su hijo que es adicto.

Hay una cuestión que favorece esta manera de ver las cosas, y es que el pensamiento internacional dominante mantiene una relación fundamental con esta demonización de la cultura. Los modelos de prevención suelen partir de los centros de poder y éstos están localizados, obviamente, en el hemisferio norte, y sobre todo en el gran país del norte. No se trata de un “ataque antiamericano”. En alguna de nuestras visitas a los Estados Unidos no hemos dejado de señalar que “quien no quiere entender la producción de un fenómeno se va a encontrar con la ampliación del fenómeno”. Pero los modelos preventivos que parten de la demonización, que se manejan con términos antitéticos de negro y blanco, mejor y peor, bueno o malo, toda una cuestión maniqueísta, tienden a prolongar esta cultura de la demonización. Esto es justamente lo que entrañan muchos de los modelos que se nos presentan como grandes modelos de prevención.

A pesar de la remanida definición de la OMS, aquella que dice: “droga es el objeto que, introducido en el organismo, produce modificaciones en él”, las inclusiones desde el punto de vista de la demonización de la cultura justamente no ponen el acento en las drogas socialmente aceptadas o en las drogas intermedias, que son las de la producción psicofarmacológica o psicotrópica, es decir, los medicamentos,. ¿Y a éstos por qué no se los incluye? Porque en ese punto se estaría en contradicción con una producción no solamente cultural, sino económica; más aún, recordemos que la industria farmacéutica es una de las tres producciones económicas más importantes del mundo. Entonces, sucede que al entrar en esa contradicción no se la puede ver como parte del fenómeno de demonización cultural.

Además, justamente hablando de masificación de la cultura y de mensaje que viene desde arriba, tenemos que pensar que los medicamentos tales como son expendidos y vendidos, y tales como son publicitados, es decir, como el tipo de panacea que representan, también son masificadores y favorecen una cultura medicamentosa masificada, que es aquella clásica de decirle al otro: “Esto me hizo bien a mí, tomalo que también te va a hacer bien a vos”. A esto hay que acompañarle un factor muy importante que es el de la receta: el médico que no receta no es médico. Estas dos formas de masificación tienen que ver con el mismo proceso, y nadie puede escindir lo que realmente es representativo para su propia vida. Si una cuestión es desde el punto de vista económico suficientemente importante como para constituirse en uno de los pilares de la vida económica de todo un conjunto de naciones, es muy difícil poder desacralizarla, por un lado, y por otro denunciarla como excesiva. Permanentemente insisto en que el farmacotráfico, así llamo al exceso de la oferta de medicamentos, ha contribuido mucho más al proceso adictivo que todos los narcotraficantes juntos. Esto históricamente es así, y fundamentalmente en nuestro país.

Así las cosas, la prevención queda desdibujada en una lucha cimentada en el prejuicio. Este es un problema grave, porque mientras que el prejuicio sea el motor de la prevención ésta no existe, simplemente hay retroalimentación del prejuicio. El prejuicio hoy tiene este nombre, mañana será otro; lo importante sería poder erradicarlo, porque el prejuicio es atentatorio de la condición humana, ya que crea ciudadanos de primera, de segunda y de tercera. Además, es la forma más barata de pensar; en realidad, es no pensar. Cuando se prejuzga se consustancia algo de alguien con muy pocas nociones de ese alguien: con dos o tres pinceladas se puede situarlo fuera de, se puede descontextualizarlo, escindirlo.

Fuente: http://www.webfat.org.ar/PUB%20FAT/una%20vision%20actual.pdf

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